Si has vendido o has comprado un vehículo ya matriculado, recuerda que debes efectuar el cambio de titularidad del vehículo en el Registro de la Dirección General de Tráfico.

En los próximos pasos te explicaremos como debes actuar y que trámites debes hacer.
Si vas a comprar un vehículo comprueba el estado general del vehículo.
Consulta el informe de su ficha en DGT por si tuviera alguna incidencia, recuerda que el vehículo tiene que tener los impuestos locales y la ITV al día.
Puedes solicitar a la DGT un informe con la información pública que disponemos referente a un vehículo. Existen varios tipos de informes que puedes solicitar:
Informe Reducido,
Informe Completo,
Informe de datos técnicos,
Informe de cargas,
Informe vehículos a mi nombre y de vehículos sin matricular.
Salvo el caso del informe de vehículos a mi nombre, que necesitas ser el titular del vehículo o una tercera persona autorizada en su nombre para descargarlo, el resto de informes están disponibles para cualquier persona, sea o no el titular del vehículo.
Te aconsejamos que antes de adquirir el vehículo, nos solicites un informe completo del mismo a fin de verificar la existencia de embargos, precintos, procedimientos concursales o cualquier otra carga de naturaleza administrativa o judicial.
También te proporcionará datos acerca de la vigencia de la inspección técnica u otros datos técnicos, incluso las reparaciones y revisiones que se han llevado a cabo por los talleres adscritos a nuestro libro digital de mantenimiento o libro taller.
(Trámite de informe de ficha vehículo). Si vendes tu vehículo recuerda siempre los siguientes consejos.
Si eres el vendedor de un vehículo te aconsejamos siempre que realices una notificación de venta del vehículo nada más realizada la venta del mismo. No esperes a que el comprador realice el trámite de la transferencia.
Hay veces que los compradores se demoran y esto te puede causar algún quebradero de cabeza ya que las multas de los radares fijos, seguro o por ITV te seguirán llegando mientras no se produzca en el cambio de titularidad en Registro de Vehículos.
Notificar la venta es una manera fácil de evitar este problema, ya que desde que realizas la notificación, la responsabilidad ya no es tuya.
En cualquier caso, este trámite, no exime al comprador de realizar trámite de cambio de titularidad y hasta que éste no lo haga, no se expedirá el nuevo permiso de circulación del vehículo.
Recuerda:
Nunca entregues el vehículo sin tener en tus manos el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo (si es entre particulares) o factura (si lo entregas a un compraventa) y una fotocopia del documento de identidad en España del comprador (DNI/Tarjeta de Residencia, si son personas físicas, o CIF, si son empresas).
Si es una compraventa, deberá constar el CIF en la factura. Es importante indicar en el contrato la hora y minutos en que entregas el vehículo: recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca en el Registro de Vehículos el cambio de titularidad.
No olvides que el contrato debe estar firmado tanto por el comprador como por el vendedor en cada una de las hojas que lo componen) y fotocopia del DNI, NIF o Tarjeta de Residencia del comprador.
Indica en el contrato la hora exacta en que entregas el vehículo: recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca el cambio de titularidad o notificación de venta.
Indica al comprador que antes de 15 días te remita copia del permiso de circulación donde conste que el vehículo ya está a su nombre. Si no has recibido este documento en el plazo de 15 días, dirígete a la Jefatura de Tráfico para comunicar que has vendido el vehículo.
(Trámite de notificación de venta). (Modelo de contrato de compra-venta de vehículo). Si has comprado un vehículo, debes inscribir éste a tu nombre en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
Si has adquirido el vehículo en un compraventa, es éste el que normalmente se encargará de efectuar la gestión, haciéndote entrega de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo y del permiso de circulación ya a tu nombre.
Si has adquirido el vehículo a un particular, recuerda que debes quedarte con el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo, una fotocopia del documento de identidad del vendedor, la solicitud de cambio de titularidad del vehículo firmada por comprador y vendedor, y la documentación del vehículo (Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite).
A continuación debes efectuar los siguientes pasos:
Abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) ante Hacienda de tu Comunidad Autónoma, aportando toda la documentación anterior. Este trámite puedes efectuarlo por Internet si tu domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Illes Balears, Madrid y Murcia. En este caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal.
Dirígete a cualquiera de estas tres Jefaturas de Tráfico: la de tu domicilio, la del domicilio del vendedor o la de la provincia de matriculación del vehículo.
Abonar las tasas y aportar toda la documentación necesaria para efectuar el trámite (nota informativa de la documentación).
Fuente: DGT (TejSofT)
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